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La responsabilidad parental, según el nuevo Código Civil y Comercial es “el conjunto de deberes y derechos que corresponden a los progenitores sobre la persona y los bienes del hijo, para su protección, desarrollo y formación integral mientras sea menor de edad y no se haya emancipado”

Perdida de la Patria Potestad:
Por su parte, según el artículo 315 del Código Civil los causales que generan la pérdida de la Patria Potestad son: Por maltrato habitual del hijo, en términos de poner en peligro su vida o de causarle grave daño. Por haber abandonado al hijo. Por depravación que los incapacite de ejercer la patria potestad.

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