Herederos legítimos: son los descendientes (hijos), ascendientes (padres), la/el cónyuge y los colaterales (hermanos).
Sucesión de los descendientes Los hijos del causante lo heredan por derecho propio y por partes iguales, los nietos, heredan por derecho de representación.
Sucesión de los ascendientes: a falta de los descendientes heredan los ascendientes más próximos en grado, por partes iguales.
Sucesión del cónyuge: Si heredan los descendientes, el cónyuge tiene en el acervo hereditario la misma parte que un hijo. Si heredan los ascendientes, al cónyuge le corresponde la mitad de la herencia.
Sucesión de los colaterales : Si heredan los colaterales A falta de descendientes, ascendientes y cónyuge, heredan los parientes colaterales hasta el cuarto grado inclusive
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